La clase de Derechos y Licencias Digitales - MGDBA - Grupo presencial 2025-2026
El pasado lunes día 1 de diciembre la clase de Derechos y Licencias Digitales del Máster
Universitario en Gestión de la Documentación, Bibliotecas y Archivos de la Facultad bajó a la
Biblioteca. Cada persona sacó un libro, principalmente de la sección de narrativa de la hemeroteca,
para analizar los avisos legales o sobre la propiedad intelectual de los libros en tanto que obras
literarias.
Aunque la clase está elaborando un documento de manera colaborativa con resultados detallados, nos
comentan algunos casos que les han llamado la atención, tanto en el sentido positivo como en el
negativo.
Se espera que las editoriales que añaden avisos que se consideran incorrectos mejoren esos avisos.
Esa es la finalidad de esta web y del análisis realizado.
Un caso negativo
Por ejemplo, libros como Mendel el de los libros de Stefan Zweig en la editorial Acantilado
(serie: Cuadernos del Acantilado) o Nuestras riquezas: una librería en Argel de Kaouther Adimi en Libros del Asteroide, incluyen prohibiciones
sobre la distribución de ejemplares mediante alquiler o préstamo públicos.
La clase piensa que esto va en contra del límite (excepción) del Texto Refundido de la Ley de
Propiedad Intelectual marcado en el Artículo 37. En el punto 2 de dicho Artículo se indica que una
biblioteca pública o instituciones docentes integradas en el sistema educativo español, entre otras,
no precisarán autorización de quien ostente la titularidad de los derechos por los préstamos que realicen.
Concretamente, se dice que:
2. Asimismo, los museos, archivos, bibliotecas, hemerotecas, fonotecas o filmotecas de
titularidad pública o que pertenezcan a entidades de interés general de carácter cultural,
científico o educativo sin ánimo de lucro, o a instituciones docentes integradas en el sistema
educativo español, no precisarán autorización de los titulares de derechos por los préstamos que
realicen.
(...)
Quedan eximidos de la obligación de remuneración los establecimientos de titularidad pública que
presten servicio en municipios de menos de 5.000 habitantes, así como las bibliotecas de las
instituciones docentes integradas en el sistema educativo español
En la Figura 1 se puede ver el caso del libro Nuestras riquezas: una librería en Argel, de
Kaouther Adimi y publicado por Libros del Asteroide. Llama
negativamente la atención que se refieran a leyes y que sea la editorial misma quien se la está
saltando.
Aviso en el libro
"Queda rigurosamente prohibida, sin la autorización escrita de los titulares del
copyright, bajo las sanciones establecidas en las leyes, la reproducción
total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, incluidos la
reprografía y el tratamiento informático, y la distribución de ejemplares
mediante alquiler o préstamos públicos"
En algunos de los libros analizados, aunque no se mencionan explícitamente todos los límites o
excepciones reconocidos en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, sí que se menciona su existencia
aludiendo a ellos. Estos casos han sido considerados o evaluados como correctos.
En la Figura 2 se puede ver el caso del libro Biblioteca pública de Ali Smith y publicado por Nórdica Libros.
Aviso en el libro
"Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de
esta obra solo puede ser realizada con la autorización de sus titulares, salvo excepción
prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos,
www.cedro.org) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra"
En el sentido de lo muy positivo, la clase destaca el libro titulado El editor de Nanni
Balestrini en la editorial Traficantes de sueños (en Madrid) y Virus (en Barcelona). En este libro
se indica que la obra tiene licencia Atribución-SinDerivadas-NoComercial 1.0 Genérica (Figura 3).
Aviso en el libro
"LICENCIA CREATIVE COMMONS autoría - no derivados - no comercial 1.0 Esta licencia
permite copiar, distribuir, exhibir e interpretar este texto, siempre y cuando se
cumplan las siguientes condiciones:
- Autoría-atribución: se deberá respetar la autoría del texto y de su traducción.
Siempre habrán de constar la autoría de la obra y la traducción;
- No comercial: no se puede utilizar este trabajo con fines comerciales;
- No derivados: no se puede alterar, transformar, modificar o reconstruir este texto;
- Los términos de esta licencia deberán constar de una manera clara para cualquier uso o
distribución del texto..."
También, destacan el libro que el profesor llevó a clase titulado Proletkult con autoría del
colectivo Wu Ming y de la editorial Anagrama (serie: Panorama de Narrativas). En el aviso de este
libro se indica que la reproducción parcial o total del libro para uso personal y su difusión están
permitidas, siempre que no sea con fines comerciales y que se comparta dicho aviso. Más aún, añaden
que los autores del libro defienden la gratuidad del préstamo bibliotecario, oponiéndose a las normas o
directrices que, monetarizando ese servicio, limitan el acceso a la cultura. Por último, indican que
los autores y el editor renuncian a todos los derechos derivados del préstamo bibliotecario de esta
obra.
Aviso en el libro
"La reproducción parcial o total de este libro para uso personal de los lectores y su
difusión por vía telemática están permitidas, siempre que no sea con propósitos
comerciales y que se reproduzca esta leyenda...
Los autores defienden la gratuidad del préstamo bibliotecario y se oponen a las normas o
directrices que, monetarizando ese servicio, limitan el acceso a la cultura. Los autores
y el editor renuncian a todos los derechos derivados del préstamo bibliotecario de esta
obra"
Aquí se puede ver la sección de narrativa de la hemeroteca de la biblioteca de la facultad. Muchos de
los libros analizados son de esta sección.
Personas de la clase
Las personas de la clase que han realizado el análisis que se sintetiza en esta web somos: Miguel
Cruces Martínez, Natalia Cuadrado Guijo, Kefan Ding, Carlota Franco Gosálbez, Luis Miguel García
García, Blanca García Hoya, Lourdes García Martín, Bei Jiang, Pedro Lázaro Rodríguez, Huiyi Liang,
Silin Lyu, Guillermo Martín Hidalgo, Ángela Martín Rodríguez, José Moreno Muñoz, Joaquín Pinto
Godoy, Zeya Qin, Chenxi Ren, Alba Teixidor Benítez, Chen Yuan y Jiayi Zhang.
Responsabilidad legal del profesor y no de la clase
Pedro Lázaro Rodríguez, en su condición de profesor de la asignatura, declara ser la persona responsable de cualquier error en el contenido de esta web y de cualquier aspecto o problema legal que pudiera derivarse o generarse por su contenido. El contenido es el resultado de una actividad de la clase y la asignatura, pero el responsable legal es el profesor.
No obstante, en la página del aviso legal se ha desarrollado fundamento
legal para esta web, y es algo que puede considerarse contenido de la asignatura de Derechos y
Licencias Digitales.